DOCENTE: OSCAR HERNAN BARRIOS TORRES

Licenciado en Ciencias Sociales.

Universidad Distrital.

Docente Secretaria Educación de Bogota D.C

Correo: oshbato@gmail.com

CIENCIAS POLÍTICAS Y ECONÓMICAS 2 CORTE

GUÍA ECONOMÍA Y POLÍTICA SEGUNDO PERIODO 2020
CICLO V ECONOMIA Y POLITICA CORTE 2 2020
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ORGANIZACION DEL ESTADO.

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 Estructura del Estado en Colombia

La república de Colombia es una nación democrática y la estructura del Estado está organizada en dos partes; las ramas del Poder Público (Rama ejecutiva, la Rama legislativa y la Rama judicial) y los organismos del Estado.

Los organismos del estado están divididos en 3 grupos de acuerdo a su actividad. La primera las componen el grupo de instituciones de los organismos de control como la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del pueblo y la Contraloría General de la República.

La segunda la componen las instituciones de la Organización electoral, los cuales son: el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado Civil.

El tercer grupo de los Organismos del Estado son el Banco de la República y la Comisión Nacional del Servicio Civil. La Comisión Nacional de Televisión entró en liquidación el 10 de abril de 2012, pero entidades como la Autoridad Nacional de Televisión, la Comisión de Regulación de Comunicaciones, la Superintendencia de Industria y Comercio y la Agencia Nacional del Espectro, son las entidades competentes en las labores que esta Comisión solía llevar a cabo.

Organización de la Estructura del Estado Colombiano

 

Rama Ejecutiva

La rama ejecutiva representa al gobierno y es la encargada de gestionar las políticas públicas y de administrar los recursos de la nación. El presidente de la República de Colombia es el jefe del Estado, el jefe del gobierno y por ende es la suprema autoridad administrativa; además de ser el comandante en jefe de las Fuerzas Militares.

La rama ejecutiva está compuesta por el presidente, el vicepresidente, los ministros de despacho y los directores de departamentos administrativos, así como también, las gobernaciones, las alcaldías, las superintendencias, los establecimientos públicos y las empresas industriales o comerciales del Estado.

En Colombia el Presidente, Vicepresidente, los Gobernadores, los alcaldes, así como las asambleas (departamentales y municipales), son elegidos a través de voto popular para un período de cuatro años.

Casa de Nariño - Centro de la Rama Ejecutiva

Es responsabilidad de la rama ejecutiva lidiar con la gestión diaria del Estado. Se pueden categorizar las funciones de la rama ejecutiva en tres áreas: la política, la administrativa y la reglamentaria.

La faceta política se encarga de conducir a la nación y atender aquellas tareas no regularizadas por la ley como el nombramiento de ministros o la aprobación de tratados especiales.

La administrativa se encarga de gestionar las distintas instituciones a su cargo, tales como gobernaciones y ministerios, para asegurar su correcto funcionamiento. Por último, tiene un papel importante la reglamentación, con la implementación de decretos.

 

Rama Legislativa

A la Rama Legislativa le corresponde formular las leyes, ejercer control sobre el Gobierno y reformar la Constitución. Está representada por una corporación pública colegiada de elección popular denominada Congreso de la República, el cual está integrado por el Senado de la República y la Cámara de Representantes, constituyendo así un sistema bicameral; es decir, una cámara alta representada por el Senado y una cámara baja representada por la Cámara de Representantes.

 

Capitolio Nacional - Centro de la Rama Legislativa

 

Actualmente, el Senado de la República está integrado por 102 senadores. 100 son elegidos por voto popular en todo el territorio nacional y dos más en representación de las comunidades indígenas a través de circunscripción especial.

La Cámara cuenta con 166 representantes. 161 elegidos por circunscripción territorial (por departamentos y por el Distrito Capital), y los cinco restantes a través de otras circunscripciones: dos curules para las comunidades afrodescendientes, una para las comunidades indígenas, y dos en representación de los colombianos residentes en el exterior. Es importante aclarar que a cada circunscripción territorial corresponden dos representantes, y uno más por cada 365.000 habitantes.

 

 

Rama Judicial

La rama judicial es la encargada de administrar la justicia en Colombia; esta tarea es una función pública. Está compuesta por seis organismos: la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, la Corte Constitucional, el Consejo Superior de la Judicatura, las Jurisdicciones Especiales y la Fiscalía General de la Nación.

 

Corte Suprema de Justicia

Es el máximo tribunal de la justicia ordinaria y se compone de un número impar de magistrados que determina la ley. Las funciones de la Corte Suprema de Justicia son:

• Actuar como tribunal de casación.

• Juzgar al Presidente o a quien haga de sus veces, así como a los altos funcionarios.

• Investigar y juzgar a los miembros del Congreso.

• Juzgar, por los hechos punibles que se imputen, previa acusación del Fiscal General de la Nación, a los Ministros del Despacho, al Procurador General, al Defensor del Pueblo, a los Agentes del Ministerio Público ante la Corte, ante el Consejo de Estado y ante los Tribunales. También debe juzgar a los directores de los Departamentos Administrativos, al Contralor General de la República, a los Embajadores y jefes de misión diplomática, a los Gobernadores, a los Magistrados de Tribunales, a los Generales y Almirantes de la Fuerza Pública.

 

Consejo de Estado

El Consejo de Estado está compuesto por un número impar de magistrados, el cual es determinado por la ley. Los magistrados no pueden ser reelegidos. El Consejo de Estado tiene seis funciones generales:

1. Es el tribunal supremo de lo contencioso administrativo.

2. Debe conocer las acciones de nulidad por inconstitucionalidad de los decretos dictados por el Gobierno y que no corresponden la Corte Constitucional.

3. Es el cuerpo consultivo supremo del Gobierno en temas de administración.

4. Es el encargado de preparar y presentar los proyectos de reformas a la Constitución, así como los proyectos de ley.

5. Tiene que estar al tanto de los casos de pérdida de investidura de los Congresistas.

6. El Consejo de Estado se da su propio reglamento y tiene que ejercer otras funciones que puede determinar la ley.

 

La Corte Constitucional

La Corte Constitucional está compuesta por un número impar de miembros, los cuales son escogidos por el Senado de la República para periodos de ocho años. Tampoco pueden ser reelegidos. La Corte Constitucional es la encargada de guardar la integridad y la supremacía de la Constitución. Entre sus funciones se encuentran:

• Decide sobre las demandas de inconstitucionalidad que promuevan los ciudadanos y contra los actos reformatorios de la Constitución.

• Decide con anterioridad al pronunciamiento popular, sobre la constitucionalidad de la convocatoria a un referendo o a una Asamblea Constituyente para reformar la Constitución.

• Decide sobre la constitucionalidad de los referendos sobre leyes y de las consultas populares y plebiscitos del orden nacional.

• Decide sobre las demandas de inconstitucionalidad que presenten los ciudadanos contra las leyes.

• Decide definitivamente sobre la constitucionalidad de los proyectos de ley que hayan sido objetados por el Gobierno como inconstitucionales.

• Revisa, de acuerdo a la ley, las decisiones judiciales relacionadas con la acción de tutela de los derechos constitucionales.

• Decide definitivamente sobre la exequibilidad de los tratados internacionales y de las leyes que los aprueben.

 

Consejo Superior de la Judicatura

Está dividido en dos salas: la administrativa y la jurisdiccional disciplinaria. La primera está integrada por seis magistrados que son elegidos así: dos por la Corte Suprema de Justicia, uno por la Corte Constitucional y tres por el Consejo de Estado, para un período de ocho años. La segunda, está integrada por siete magistrados, que también son elegidos para un período de ocho años. Son elegidos por el Congreso Nacional de ternas.

Los magistrados del Consejo Superior de la Judicatura deben:

• Administrar la carrera judicial.

• Elaborar las listas de candidatos para la designar funcionarios judiciales. La jurisdicción penal militar es su excepción.

• Examinar la conducta y sancionar las faltas de los funcionarios de la rama judicial.

• Controlar el rendimiento de las corporaciones y despachos judiciales.

• Elaborar el proyecto de presupuesto de la Rama Judicial y lo remite al Gobierno.

 

Jurisdicciones Especiales

Se refiere a la autoridad de los pueblos indígenas porque ellos pueden ejecutar funciones jurisdiccionales dentro de sus territorios de acuerdo a sus propias normas, sin embargo, estas no pueden ser contrarias a la Constitución ni a las leyes de la República.

 

Fiscalía General de la Nación

La Fiscalía General de la Nación nació con la promulgación de la Carta Contitucional de 1991, pero comenzó a operar hasta el primero de julio de 1992. Tras un oficio o mediante denuncia o querella, debe investigar los delitos y acusar a los presuntos infractores ante los juzgados y tribunales competentes. Las funciones de la Fiscalía General de la Nación son:

• Asegurar la comparecencia de los presuntos infractores de la ley penal, adoptando las medidas de aseguramiento.

• Calificar y declarar precluidas las investigaciones realizadas.

• Dirigir y coordinar las funciones de policía judicial.

• Velar por la protección de las víctimas, testigos e intervinientes en el proceso.

• El Fiscal General de la Nación y sus delegados tienen competencia en toda la nación.

 

Fuente:

Presidencia de la república de Colombia
Wikipedia, La enciclopedia libre

 

¿Cómo está Organizada la Constitución Política de Colombia?

La Constitución Política de Colombia está organizada en un preámbulo y 13 títulos. Estos se componen de 380 artículos constitucionales y 67 transitorios. La Constitución Política de Colombia (CPC) describe las tres ramas del poder sobre las cuales se estructura el gobierno colombiano.

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De esta manera, cada rama trata un título de la constitución y abarca una serie de artículos que se encargan de regir a la República de Colombia. Las tres ramas del poder se denominan ejecutiva, legislativa y judicial (Colombia, 1991).

En Colombia, la CPC es la fuente y origen de todas las leyes y se encarga de controlarlas por completo. Ha habido relativamente pocas constituciones desde que este país se convirtió en una nación independiente en el año 1830. Las primeras versiones de la constitución fueron promulgadas en los años 1832, 1852 y 1858 y reconocían cierto grado de autonomía local.

Fue después de la guerra civil de 1885 que el estado estableció una forma de gobierno definida y la constitución tuvo que pasar por una serie de enmiendas en 1910, 1936 y 1968. Finalmente, en 1991, una nueva carta constitucional fue promulgada y estructurada con la división que se conoce hoy en día (Alzate, 2011).

A la Constitución de 1991 se le han realizado ajustes periódicamente. La versión vigente de este documento data del año 2005 y es la que se encuentra actualmente en vigencia.

División de la Constitución Política de Colombia

La CPC de 1991 está dividida en 13 títulos consecutivos y se encuentra subdividida en capítulos y artículos. Tiene como principal objetivo velar por la organización política del país y dar conocimiento formal de los derechos y deberes de los individuos en Colombia.

Dentro de este documento, se les da pleno reconocimiento a estatutos internacionales como los Derechos Humanos, el reconocimiento de la nación como soberana, la división de los poderes y la existencia de un sistema representativo. Por otro lado, la CPC también cuenta con provisiones transitorias.

Colombia tiene una estructura de leyes basada en una jurisdicción civil. Esto quiere decir que la constitución representa al grupo supremo de normas sobre las cuales se rige la nación.

Bajo este esquema, el Congreso es el encargado de pasar las leyes dentro de su estructura jerárquica para que éstas sean aprobadas. La mayoría de leyes son ordinarias y se basan en los principios comunes del mundo (University R., 1991).

Sección Dogmática

Es la primera sección de la CPC, y contiene el preámbulo, algunas declaraciones filosóficas y definiciones de términos importantes a tener en cuenta a lo largo de la redacción. Contiene los primeros títulos de la CPC (I y II), donde es descrito el fin fundamental de la constitución, así como los derechos, los deberes y las garantías de todos los ciudadanos colombianos.

Dentro de los primeros dos títulos de la CPC se incluyen los primeros 95 artículos del documento.

Sección Orgánica

Esta sección incluye los siguientes títulos (del III al XII) y los artículos hasta el 227. Dentro de estos títulos se tratan los temas sobre la nacionalidad, la participación democrática, los partidos políticos, la estructura y organización de estado y se definen todos los conceptos relacionados con las ramas del poder político de Colombia.

Dentro de la sección orgánica se encuentra contenida la mayor parte del desarrollo constitucional y las leyes más representativas del pueblo colombiano.

Reforma

El título XIII es el último contenido dentro de la CPC y hace alusión a los mecanismos e instancias avaladas constitucionalmente para realizar cualquier reforma a la CPC. Dentro de este título se contemplan dos tipos de reforma: las flexibles y las rígidas.

Una reforma flexible es fácilmente ejecutable por el poder legislativo de la República, es decir que, los congresistas la pueden llevar a cabo. Una reforma rígida, por otro lado, requiere de la aplicación de mecanismos legítimos para los cuales es necesario ejecutar un procedimiento particular.

Normas y Neutros

En esta sección de la CPC no se encuentran propiamente títulos, sin embargo, pueden ser encontrados otros artículos denominados de la siguiente manera:

·         Ordenanzas: Son proclamas de cada Asamblea Departamental.

·         Bloque de constitucionalidad: Avala tratados internacionales, como los limítrofes y los Derechos Humanos.

Ramas del Poder

Poder ejecutivo

El poder ejecutivo domina las ramas del gobierno relacionadas con el presidente, el vicepresidente, los ministros y los directores de agencias administrativas. De acuerdo a la constitución de 1991, el presidente debe ser elegido por la mayoría de los ciudadanos colombianos (más del 50%) por medio del sufragio.

De acuerdo a la estructura de la CPC, el presidente es la cabeza de gobierno y jefe de Estado, y es quien se encarga de la administración del país y de proteger los intereses de la nación. Está avalado por la estructura de la CPC para declarar estados de emergencia y convocar a reuniones extraordinarias del Congreso de la República.

Poder Legislativo

Según la CPC, el poder legislativo está controlado por el Congreso. Éste se compone del Senado y la Cámara de Representantes. Los senadores y representantes son elegidos por votación popular y deben conservar el cargo por cuatro años. Estos individuos deben llevar a cabo sesiones legislativas de forma anual durante el día de la independencia del Colombia.

El proceso legislativo por medio del cual se reestructura la CPC comprende siete pasos: iniciativa, debate, votación, aprobación, sanción, promulgación y publicación.

Existen ciertas limitantes sobre la forma como este proceso puede iniciar, sin embargo, el poder legislativo es el encargado de avalar cualquier cambio que se lleve a cabo en la estructura de la CPC (CASTILLO, 2012)

Poder Judicial

La Corte Suprema de Justicia colombiana es la entidad que está a la cabeza del poder judicial del país. Este organismo decide si apela o no a los errores que puedan ser encontrados en una ley, basándose en su fundamento, propósito y funciones.

De acuerdo a la CPC, existen tres cámaras que se encargan de filtrar los temas relacionados con la aprobación de leyes: Civil, Criminal y Laboral.

De igual manera, es la que se encarga de reforzar la aplicación de los artículos constitucionales en todos los individuos de la república, incluyendo a aquellos que la representan (Ramírez, 2007).

Referencias

1.    Alzate, J. C. (3 de July de 2011). El Espectador. Obtenido de El arduo camino de la Constituyente de 1991: elespectador.com.

2.    CASTILLO, C. A. (2012). Universidad Pontificia Javeriana. Obtenido de LA GESTACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN DE 1991. PAPEL DE LA SOBERANIA POPULAR Y DEBATES EN TORNO A ELLA: epository.javeriana.edu.co.

3.    Colombia, R. d. (1991). CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA 1991. Bogotá.

4.    Ramírez, A. (May de 2007). Globa Lex. Obtenido de An Introduction to Colombian Governmental Institutions and Primary Legal Sources: nyulawglobal.org.

5.    University, O. (28 de March de 2017). Constitute. Obtenido de Colombia’s Constitution of 1991 With Amendments through 2005: constituteproject.org.

 

6.    University, R. (1991). Obtenido de Text Of Constitution of Colombia: confinder.richmond.edu.

¿Cómo está Organizada la Constitución Política de Colombia?

La Constitución Política de Colombia está organizada en un preámbulo y 13 títulos. Estos se componen de 380 artículos constitucionales y 67 transitorios. La Constitución Política de Colombia (CPC) describe las tres ramas del poder sobre las cuales se estructura el gobierno colombiano.

De esta manera, cada rama trata un título de la constitución y abarca una serie de artículos que se encargan de regir a la República de Colombia. Las tres ramas del poder se denominan ejecutiva, legislativa y judicial (Colombia, 1991).

En Colombia, la CPC es la fuente y origen de todas las leyes y se encarga de controlarlas por completo. Ha habido relativamente pocas constituciones desde que este país se convirtió en una nación independiente en el año 1830. Las primeras versiones de la constitución fueron promulgadas en los años 1832, 1852 y 1858 y reconocían cierto grado de autonomía local.

Fue después de la guerra civil de 1885 que el estado estableció una forma de gobierno definida y la constitución tuvo que pasar por una serie de enmiendas en 1910, 1936 y 1968. Finalmente, en 1991, una nueva carta constitucional fue promulgada y estructurada con la división que se conoce hoy en día (Alzate, 2011).

A la Constitución de 1991 se le han realizado ajustes periódicamente. La versión vigente de este documento data del año 2005 y es la que se encuentra actualmente en vigencia.

División de la Constitución Política de Colombia

La CPC de 1991 está dividida en 13 títulos consecutivos y se encuentra subdividida en capítulos y artículos. Tiene como principal objetivo velar por la organización política del país y dar conocimiento formal de los derechos y deberes de los individuos en Colombia.

Dentro de este documento, se les da pleno reconocimiento a estatutos internacionales como los Derechos Humanos, el reconocimiento de la nación como soberana, la división de los poderes y la existencia de un sistema representativo. Por otro lado, la CPC también cuenta con provisiones transitorias.

Colombia tiene una estructura de leyes basada en una jurisdicción civil. Esto quiere decir que la constitución representa al grupo supremo de normas sobre las cuales se rige la nación.

Bajo este esquema, el Congreso es el encargado de pasar las leyes dentro de su estructura jerárquica para que éstas sean aprobadas. La mayoría de leyes son ordinarias y se basan en los principios comunes del mundo (University R., 1991).

Sección Dogmática

Es la primera sección de la CPC, y contiene el preámbulo, algunas declaraciones filosóficas y definiciones de términos importantes a tener en cuenta a lo largo de la redacción. Contiene los primeros títulos de la CPC (I y II), donde es descrito el fin fundamental de la constitución, así como los derechos, los deberes y las garantías de todos los ciudadanos colombianos.

Dentro de los primeros dos títulos de la CPC se incluyen los primeros 95 artículos del documento.

Sección Orgánica

Esta sección incluye los siguientes títulos (del III al XII) y los artículos hasta el 227. Dentro de estos títulos se tratan los temas sobre la nacionalidad, la participación democrática, los partidos políticos, la estructura y organización de estado y se definen todos los conceptos relacionados con las ramas del poder político de Colombia.

Dentro de la sección orgánica se encuentra contenida la mayor parte del desarrollo constitucional y las leyes más representativas del pueblo colombiano.

Reforma

El título XIII es el último contenido dentro de la CPC y hace alusión a los mecanismos e instancias avaladas constitucionalmente para realizar cualquier reforma a la CPC. Dentro de este título se contemplan dos tipos de reforma: las flexibles y las rígidas.

Una reforma flexible es fácilmente ejecutable por el poder legislativo de la República, es decir que, los congresistas la pueden llevar a cabo. Una reforma rígida, por otro lado, requiere de la aplicación de mecanismos legítimos para los cuales es necesario ejecutar un procedimiento particular.

Normas y Neutros

En esta sección de la CPC no se encuentran propiamente títulos, sin embargo, pueden ser encontrados otros artículos denominados de la siguiente manera:

·         Ordenanzas: Son proclamas de cada Asamblea Departamental.

·         Bloque de constitucionalidad: Avala tratados internacionales, como los limítrofes y los Derechos Humanos.

Ramas del Poder

Poder ejecutivo

El poder ejecutivo domina las ramas del gobierno relacionadas con el presidente, el vicepresidente, los ministros y los directores de agencias administrativas. De acuerdo a la constitución de 1991, el presidente debe ser elegido por la mayoría de los ciudadanos colombianos (más del 50%) por medio del sufragio.

De acuerdo a la estructura de la CPC, el presidente es la cabeza de gobierno y jefe de Estado, y es quien se encarga de la administración del país y de proteger los intereses de la nación. Está avalado por la estructura de la CPC para declarar estados de emergencia y convocar a reuniones extraordinarias del Congreso de la República.

Poder Legislativo

Según la CPC, el poder legislativo está controlado por el Congreso. Éste se compone del Senado y la Cámara de Representantes. Los senadores y representantes son elegidos por votación popular y deben conservar el cargo por cuatro años. Estos individuos deben llevar a cabo sesiones legislativas de forma anual durante el día de la independencia del Colombia.

El proceso legislativo por medio del cual se reestructura la CPC comprende siete pasos: iniciativa, debate, votación, aprobación, sanción, promulgación y publicación.

Existen ciertas limitantes sobre la forma como este proceso puede iniciar, sin embargo, el poder legislativo es el encargado de avalar cualquier cambio que se lleve a cabo en la estructura de la CPC (CASTILLO, 2012)

Poder Judicial

La Corte Suprema de Justicia colombiana es la entidad que está a la cabeza del poder judicial del país. Este organismo decide si apela o no a los errores que puedan ser encontrados en una ley, basándose en su fundamento, propósito y funciones.

De acuerdo a la CPC, existen tres cámaras que se encargan de filtrar los temas relacionados con la aprobación de leyes: Civil, Criminal y Laboral.

De igual manera, es la que se encarga de reforzar la aplicación de los artículos constitucionales en todos los individuos de la república, incluyendo a aquellos que la representan (Ramírez, 2007).

Referencias

1.    Alzate, J. C. (3 de July de 2011). El Espectador. Obtenido de El arduo camino de la Constituyente de 1991: elespectador.com.

2.    CASTILLO, C. A. (2012). Universidad Pontificia Javeriana. Obtenido de LA GESTACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN DE 1991. PAPEL DE LA SOBERANIA POPULAR Y DEBATES EN TORNO A ELLA: epository.javeriana.edu.co.

3.    Colombia, R. d. (1991). CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA 1991. Bogotá.

4.    Ramírez, A. (May de 2007). Globa Lex. Obtenido de An Introduction to Colombian Governmental Institutions and Primary Legal Sources: nyulawglobal.org.

5.    University, O. (28 de March de 2017). Constitute. Obtenido de Colombia’s Constitution of 1991 With Amendments through 2005: constituteproject.org.

 

6.    University, R. (1991). Obtenido de Text Of Constitution of Colombia: confinder.richmond.edu.

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